Canal del informador y denunciante



Puede presentar su denuncia, o información, a través de varios procedimientos:

  • Denuncia completamente anónima: La denuncia o información llegará al encargado designado en la empresa o a un tercero independiente asignado para ello, asegurando la confidencialidad y el anonimato del informante. Sólo si presenta una forma de contacto se le avisará de la recepción de la misma, la investigación y su resultado.
  • Denuncia nominativa (recomendada): La denuncia o información llegará al encargado designado en la empresa o a un tercero independiente asignado para ello. Se le avisará de la recepción de la misma, la investigación y su resultado. Si fuera necesario se le pedirá su colaboración, siempre manteniendo la confidencialidad del proceso.
  • Denuncia anónima o nominativa a la dirección: Si la denuncia o información acusa a la organización al completo, a la dirección o a un miembro de la dirección será tratada por un especialista externo totalmente independiente sin relación laboral o comercial directa, o por un empleado que pueda guardar independencia. Este será el encargado de iniciar la investigación, contactar con el denunciante/infórmate si fuera necesario o informar al Ministerio Fiscal u autoridad competente si la veracidad es evidente o las pruebas presentadas claras.
  • Si no desea abrir un procedimiento de denuncia por algún acto delictivo o no ético, y desea enviar una queja o sugerencia, puede hacerlo en la siguiente página: Buzón de quejas y sugerencias

Las denuncias presentadas serán gestionadas por personal especializado, se garantiza la protección completa de los denunciantes o informantes y de toda la información que proporcionen.

Recuerde que este canal de denuncias no es un canal de reclamación comercial, puede denunciar toda clase de sucesos como los informados en la Ley 2/2023, de 20 de febrero, acoso, robos u otras situaciones de gravedad.